Desde
hace unos días atrás pulpines y no pulpines, vienen posteando y comentando en
redes sobre el famoso pero no querido (para los transportistas) “ medio pasaje”, a raíz de un video
subido por un bloguero de YouTube en el que se aprecia las incidencias que
sufrimos diariamente aquellos que nos vemos beneficiados por la Ley Nº 26271,
la cual establece el derecho al medio pasaje de los universitarios y
estudiantes de institutos superiores, la misma que en su artículo 3º dice lo
siguiente; el medio pasaje en el ámbito urbano o no interurbano no podrá
exceder de 50% del precio del pasaje adulto; Ojo la ley en este artículo está
hablando del pasaje común y corriente que solemos pagar en una combi o couster
cuando se viaja dentro del mismo distrito llamado también pasaje urbano o
interurbano si nos trasladamos de un distrito a otro; en ningún momento la ley menciona
el llamado pasaje directo que se entiende como la ruta que se realiza desde el
paradero inicial hasta el paradero final relativamente de la empresa de
transporte que nos esté brindando el servicio, este pasaje debe sonarte
familiar pues a muchos nos ha pasado que cuando solemos reclamar por el precio
del medio pasaje el cobrador nos indica que para su empresa el medio pasaje es
la mitad del precio del pasaje directo, inclusive algunos indican que su
tarifario es aprobado mediante dispositivos municipales a lo que cabe señalar
que debido a su jerarquía la Ley Nº 26271 es superior.
En
este sentido aplicando lo que dice en la ley, calcularemos a nuestro parecer el
precio justo que deberíamos pagar, por lo que entendemos que si un pasaje
interurbano cuesta 1.50 lo más lógico sería pagar como medio pasaje 0.75
céntimos, teniendo en consideración que muy pocas personas solemos usar las monedas
de 0.05 céntimos, entonces lo normal debería
ser pagar 0.80 céntimos.
Pero
lastimosamente esto no sucede en nuestra realidad, pues si te pones en modo indignado
e intentas elevar tu voz de protesta, puedes terminar siendo bajado del carro
en media autopista a unas 10 cuadras del paradero más cercano, -ojo que no ha
sido mi caso cuando me bajaron a una cuadra del mercado de flores-, lo peor que
muchas veces por tanto reclamo colmamos la paciencia del señor cobrador y
terminamos agredidos,- repito tampoco es mi caso-, finalmente muchos terminan
pagando el precio determinado por los transportistas aun cuando este es un
precio abusivo.
Irónicamente
esta ley fue modificada con la Ley 26986 la cual en su artículo Nº 2 menciona
que todo aquel que infrinja lo dispuesto en la Ley Nº 26271 será
sancionado conforme al Artículo 232º del Código Penal; lastimosamente en dicho artículo
no indica en que supuestos habrán sanciones, tampoco cuales serán estas
sanciones, mucho menos potestad de quienes será aplicarlas, lo cual si había
sido propuesto en el proyecto Ley Nº 335-2011-CR que fue presentado como ante
sala de esta ley modificatoria.
Resulta
indignante saber que no hay ente alguno que se preocupe por fiscalizar el cumplimiento
de lo dispuesto por ley, ni mucho menos que sancionen a todos aquellos que
infringen y se resisten a cumplir con lo establecido no exigimos viajar gratis,
exigimos que se respete nuestro derecho de pagar lo que consideramos justo.
Sin
más preámbulos solo queda hacer un llamado a la unidad del pueblo beneficiado
por el medio pasaje, para elevar su voz de protesta y reclamar un derecho que está
siendo violentado, por ello si presencias que alguien reclama para hacer valer
su derecho de pagar un medio pasaje apoya la causa pues los derechos se ganan
en este caso luchemos por no perderlos.
Nota:
Por el bienestar de todos esperamos que la Superintendencia Nacional de
Educación Superior Universitaria y el Ministerio de Educación renueven el carnet
de medio pasaje en un plazo aceptable.
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