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jueves, 21 de mayo de 2015

La lucha del medio pasaje. Por Gian de la Torre

Desde hace unos días atrás pulpines y no pulpines, vienen posteando y comentando en redes sobre el famoso pero no querido (para los transportistas) “ medio pasaje”, a raíz de un video subido por un bloguero de YouTube en el que se aprecia las incidencias que sufrimos diariamente aquellos que nos vemos beneficiados por la Ley Nº 26271, la cual establece el derecho al medio pasaje de los universitarios y estudiantes de institutos superiores, la misma que en su artículo 3º dice lo siguiente; el medio pasaje en el ámbito urbano o no interurbano no podrá exceder de 50% del precio del pasaje adulto; Ojo la ley en este artículo está hablando del pasaje común y corriente que solemos pagar en una combi o couster cuando se viaja dentro del mismo distrito llamado también pasaje urbano o interurbano si nos trasladamos de un distrito a otro; en ningún momento la ley menciona el llamado pasaje directo que se entiende como la ruta que se realiza desde el paradero inicial hasta el paradero final relativamente de la empresa de transporte que nos esté brindando el servicio, este pasaje debe sonarte familiar pues a muchos nos ha pasado que cuando solemos reclamar por el precio del medio pasaje el cobrador nos indica que para su empresa el medio pasaje es la mitad del precio del pasaje directo, inclusive algunos indican que su tarifario es aprobado mediante dispositivos municipales a lo que cabe señalar que debido a su jerarquía la Ley Nº 26271 es superior.

En este sentido aplicando lo que dice en la ley, calcularemos a nuestro parecer el precio justo que deberíamos pagar, por lo que entendemos que si un pasaje interurbano cuesta 1.50 lo más lógico sería pagar como medio pasaje 0.75 céntimos, teniendo en consideración que muy pocas personas solemos usar las monedas de  0.05 céntimos, entonces lo normal debería ser pagar 0.80 céntimos.

Pero lastimosamente esto no sucede en nuestra realidad, pues si te pones en modo indignado e intentas elevar tu voz de protesta, puedes terminar siendo bajado del carro en media autopista a unas 10 cuadras del paradero más cercano, -ojo que no ha sido mi caso cuando me bajaron a una cuadra del mercado de flores-, lo peor que muchas veces por tanto reclamo colmamos la paciencia del señor cobrador y terminamos agredidos,- repito tampoco es mi caso-, finalmente muchos terminan pagando el precio determinado por los transportistas aun cuando este es un precio abusivo.

Irónicamente esta ley fue modificada con la Ley 26986 la cual en su artículo Nº 2 menciona que todo aquel  que infrinja lo dispuesto en la Ley Nº 26271 será sancionado conforme al Artículo 232º del Código Penal; lastimosamente en dicho artículo no indica en que supuestos habrán sanciones, tampoco cuales serán estas sanciones, mucho menos potestad de quienes será aplicarlas, lo cual si había sido propuesto en el proyecto Ley Nº 335-2011-CR que fue presentado como ante sala de esta ley modificatoria.

Resulta indignante saber que no hay ente alguno que se preocupe por fiscalizar el cumplimiento de lo dispuesto por ley, ni mucho menos que sancionen a todos aquellos que infringen y se resisten a cumplir con lo establecido no exigimos viajar gratis, exigimos que se respete nuestro derecho de pagar lo que consideramos justo.

Sin más preámbulos solo queda hacer un llamado a la unidad del pueblo beneficiado por el medio pasaje, para elevar su voz de protesta y reclamar un derecho que está siendo violentado, por ello si presencias que alguien reclama para hacer valer su derecho de pagar un medio pasaje apoya la causa pues los derechos se ganan en este caso luchemos por no perderlos.

Nota: Por el bienestar de todos esperamos que la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria y el Ministerio de Educación renueven el carnet de medio pasaje en un plazo aceptable.

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