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jueves, 16 de mayo de 2013

Derechos laborales y sindicalismo democrático

                                               Por: Renzo Ibáñez Noel  y  Hugo Vallenas Málaga

    Sin derechos laborales no hay desarrollo económico



Un tema que los peruanos aún no comprendemos en forma cabal es la importancia que tienen los derechos laborales y, junto con ello, el sindicalismo democrático, como una vía de fortalecimiento de los derechos ciudadanos y la responsabilidad social.

A diferencia del llamado sindicalismo “clasista”, de cuño comunista, que fomenta el resentimiento social y el enfrentamiento destructivo entre patronos y trabajadores, el sindicalismo democrático propugna la defensa de los intereses laborales en un marco de respeto a la ley y colaboración con el progreso de la empresa y con el desarrollo del país.

Un derecho injustamente negado

Del mismo modo que en muchas universidades se “prohíbe hacer política” y se excluye a los estudiantes del derecho al cogobierno y a organizarse en gremios (centros federados, federaciones, etc.), en muchas empresas privadas se “prohíbe hacer política” y se excluye a los trabajadores del derecho a la estabilidad laboral y a organizarse sindicalmente para conocer y defender sus derechos.

Esa prohibición, además de vulnerar derechos largamente reconocidos, desconoce la importancia de la organización social autónoma como una fuente de formación de ciudadanía responsable y constructiva. No olvidemos que la sindicalización o sindicación es un derecho reconocido legalmente en el Art. 28º de la Constitución Política del Perú (1993).

También tiene amparo legal en el Convenio 87 de la OIT (adopción 09-07-1948, entrada en vigor el 04-07-1950), ratificado por el Perú mediante Resolución Legislativa 13281 del 02-03-1960. También es reconocido en el inciso 4 del art. 23º de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (10-12-1948). El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (16-12-1966) lo reconoce en su art. 22º. El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (16-12-1966) lo reconoce en su art. 8º. Asimismo, tiene protección en el art. 16º y 26º de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (22-11-1969).

Hay que enfatizarlo. El sindicato no es un derecho “comunista”. No lo inventaron los comunistas. Es un derecho democrático surgido de las naciones con cultura republicana y que ha sido negado por todo tipo de dictaduras, incluidas las comunistas.

Ventajas del sindicalismo democrático

El sindicato no es pernicioso en sí mismo y hay normas laborales internacionales que previenen del mal uso de las libertades sindicales. Pero también hay un buen uso de estas libertades que fortalece la unidad empresarial y el sentido de colaboración de los trabajadores. Elevar los índices de producción, optar por mejores tecnologías, dinamizar las cadenas de producción, mejorar la productividad per cápita de acuerdo a ciertas metas, detectar a los trabajadores que tienen talento para el liderazgo y la mejor comunicación entre trabajadores y empresa; todo eso y mucho más es posible lograr en base a una organización sindicalista democrática, dialogante y colaboradora.

¿Qué se requiere por parte del empleador? En primer lugar, reconocer los derechos básicos de sus trabajadores. Abusar de estos derechos genera conflicto social haya o no sindicato. Y la justicia terminará por imponerse. En segundo lugar, el empleador debe darse cuenta que un equipo laboral consciente y responsable de sus derechos hace mucho más por la empresa que un conjunto de servidores mal pagados y temerosos de su precariedad laboral.


La huella nefasta del sindicalismo comunista

El sindicalismo “clasista” de los grupos comunistas de la CGTP y otras facciones se preocupó por infiltrarse en las grandes empresas, sobre todo de franquicia internacional, con el fin de ganar titulares propiciando huelgas irracionales y desprestigiando al país como destino de inversiones. Poco o nada hizo por los trabajadores de las pequeñas empresas, a diferencia de la CTP aprista, que ha brindado asesoría laboral a empresas de toda condición.

 

 Enemigos de la paz, la libertad y los derechos de los trabajadores

Entre 1975 y 1993, período de surgimiento, desarrollo, apogeo y    decadencia del sindicalismo “clasista” (y de hegemonía del terrorismo), las justas aspiraciones de los trabajadores organizados fueron conducidas, en forma irresponsable en muchos casos, hacia el enfrentamiento radical contra el Estado, con los consiguientes resultados trágicos (a los que se suman las víctimas de la violencia subversiva). Los ejemplos sobran. El resultado fue un promedio de 12 mil horas/hombre anuales en pérdidas entre 1980 y 1990 y 25 mil trabajadores despedidos, a los que se suman 32 mil despedidos por el “shock” del gobierno de Fujimori entre 1990 y 1992 (Yepes y Bernedo, Los sindicatos, los gremios empresariales y las organizaciones de mujeres, 2003)

La triste realidad sindical de hoy

Hoy en día, por el deterioro de los derechos laborales, el sindicalismo vive una injusta decadencia. En el pasado, entre 1930 y 1955, cuando la Población Económica Activa (PEA) manufacturera (fabril y artesanal) peruana creció de 342 mil a 487 mil individuos, la sindicalización llegó a cubrir casi el 10% de la PEA (CEPAL, El proceso de industrialización de América Latina, 1966).

Un proceso inverso empezó a ocurrir a partir de la década de 1990. Entre los años 1998 y 2001 los trabajadores sindicalizados disminuyeron en un 32.8%. El resultado fue un total de 860,397 trabajadores sindicalizados el año 2001, equivalentes al 5.2% de la PEA empleada (PLADES, Indicadores de derechos colectivos, 2001).

Hoy en día, las cifras actuales son casi dramáticas. De una Población Económica Activa (PEA) total de 15’504,614 trabajadores, pertenecen a la PEA formalmente ocupada 14’853,975 trabajadores, de los cuales sólo el 4.8% está sindicalizado. Esto es, 97,337 trabajadores, de los cuales 93,760 pertenecen a Lima (Fuente: INEI-ENAHO Condiciones de vida y pobreza, 2009). Y la tendencia es a disminuir. Un dato importante adicional es que el 89% de la población laboral sindicalizada la constituyen varones.

Renovar el sindicalismo y la organización gremial

Hoy en día el gran desafío es la organización de los nuevos emprendimientos: las PYMES y las nuevas asociaciones de productores artesanales y de servicios. Necesitan organizarse gremialmente los pequeños productores para acceder a mejores oportunidades de mercado y renovar sus tecnologías. Y sus trabajadores también necesitan organizarse gremialmente para identificar sus necesidades y homologar sus condiciones laborales en armonía con un plan de crecimiento del sector al que pertenecen.

No se trata de una “lucha de clases” entre PYMES y grandes empresas; ni entre trabajadores de PYMES y sus empleadores. Se trata de organizar una compatibilidad entre derecho laboral y modernización de la competitividad. Se trata igualmente de prestar atención a las necesidades de los jóvenes, quienes son las principales víctimas de la falta de derechos sindicales y de estabilidad laboral.

Renovar el sindicalismo es parte fundamental de nuestra recuperación democrática, todavía inconclusa. Hoy en día tenemos un Consejo Nacional de Trabajo que recibe denuncias y quejas sin que se tomen decisiones. Ha sido descrito por los laboralistas como una suerte de "agujero negro" donde van todas las propuestas que nadie quiere discutir seriamente. Carecemos igualmente de una Ley General de Trabajo acorde con nuestra nueva realidad y ha quedado trunca la modificación de la actual Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, que el gobierno del señor Humala prometiera.

Cambiar de mentalidad

Pero lo más urgente es cambiar la mentalidad sobre los derechos laborales. Apristas, social cristianos, socialistas democráticos y los partidos democráticos en general deben unir sus esfuerzos en torno a este problema. Todo ciudadano preocupado en forma honesta y sincera por el futuro de los derechos laborales debe hacer elevar su voz.


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